Rehabilitación de edificios con subvención

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Las viviendas construidas antes de los ochenta, son consideradas en su mayoría como poco sostenibles y nada eficientes a nivel energético. De unos años atrás se impuso por las diferentes administraciones, la necesidad de que los edificios y viviendas, pasaran una inspección técnica para ver si reunían las condiciones de habitabilidad necesarias. En caso contrario, debían tomarse las medidas correspondientes y acometer las obras necesarias de acondicionamiento de edificios. Fue el momento en el que surgieron las empresas especializadas en prestar este tipo de servicios, ejecutar esas inspecciones y, llegado el caso, realizar las mejoras como hacen los profesionales de ITE Edificios.

Como si de pasar la ITV del coche se tratara, las empresas, se encargan de realizar la inspección para acreditar que el edificio o vivienda en cuestión, cumple con la normativa vigente. De esta manera se evitan las consiguientes sanciones y multas. Dentro de sus servicios, las empresas ofrecen la posibilidad de realizar un informe previo, PRE ITE, en el que los interesados, recibirán un informe detallado con un listado completo que enumere todas las deficiencias que hayan encontrado en la inspección para poder repararlas y pasar la ITE de forma favorable.

Evidentemente, la gran mayoría de los edificios, van a presentar numerosas deficiencias, sobre todo cuando non ha sufrido reforma alguna desde su construcción. Las viviendas más antiguas, no escapan de la inspección, siendo las primeras que van a recibir una receta para su rehabilitación, acorde a las exigencias, ya no de las administraciones estatales, si no de Europa. De ahí que, la misma Unión Europea, haya creado un fondo de subvenciones destinado a ofrecer ayudas a todos aquellos interesados en llevar a cabo las rehabilitaciones correspondientes para que sus viviendas o edificios, se conviertan en más sostenibles y seguros.

Si tienes un proyecto de rehabilitación o necesitas ahorrar en las facturas de los consumos y convertir tu vivienda en una vivienda eficiente, puedes beneficiarte de las subvenciones que Europa ofrece para individualizar la calefacción o mejorar la eficiencia energética de las viviendas.

Las nuevas ayudas del Fondo Europeo, se gestionan a través de los gobiernos autonómicos y suponen una oportunidad para acometer la rehabilitación energética de las viviendas. Los destinatarios de las ayudas, son propietarios y comunidades de vecinos que pretenden reducir el gasto energético y mejorar las condiciones de edificios y viviendas.

En este post, vamos describir los requisitos necesarios para solicitarlas, tanto si eres un particular, como una comunidad de vecinos.

Particulares

La primera línea de subvenciones que ofrece la Unión Europea para ejecutar proyectos de rehabilitación y mejoras, se dirige a particulares con propiedades unifamiliares o dentro de edificios. Una de las recomendaciones que hacen los profesionales es aprovechar la subvención ofrecida, para mejorar tanto el aislamiento de la vivienda como para individualizar la calefacción central, cambiar las ventanas o calderas, etc.

La subvención cubre las obras de mejora de eficiencia energética necesarias para la vivienda. En este aspecto, entra el aislamiento y todo aquello que tenga que ver con la envolvente térmica y acústica, la calefacción, los sistemas de ventilación, refrigeración, el agua caliente, el autoconsumo de energía eléctrica, hacer cambios de ventanas o carpintería interior, etc.

También cure las obras de mejora en la conservación y habitabilidad relacionadas con las instalaciones de electricidad, saneamiento, fachadas unifamiliares, el confort acústico y la eliminación del ruido y, la conversión de locales comerciales en viviendas.

En cuestiones de accesibilidad, las reformas de mejora incluyen la supresión de barreras arquitectónicas, la adaptación de los baños o ascensores e, incluso la mejora de la distribución. Sin dejar a un lado los principios de buena construcción que atañen a la albañilería, la escayola, la calefacción, el gas, las telecomunicaciones o la pintura.

Todos estos aspectos que son los que compone la ejecución de una reforma integral de la vivienda para adecuarla a la eficiencia energética y habitabilidad requerida, pueden suponer un gasto elevadísimo que se ve aliviado, gracias a las subvenciones ofrecidas.

Cabe señalar que no es necesario hacer una reforma integral para solicitar las ayudas. Para saber si podemos optar a ellas, basta con conocer los requisitos y saber si los cumplimos:

  • La obra debe ser realizada en el domicilio habitual y permanente del solicitante o que vaya a serlo en los tres meses posteriores a la certificación correspondiente a la obra.
  • El edifico debe tener una antigüedad mayor a los veinte años, salvo que presente daños, se pretendan eliminar las barreras arquitectónicas o la persona residente sea mayor de sesenta y cinco años, tenga movilidad reducida o presente disfunción sensorial.
  • La persona solicitante, debe ser propietaria, arrendataria o usufructuaria del inmueble.
  • No se exige el paso de la ITE, salvo en el caso de viviendas unifamiliares o las que sean legalmente exigibles.
  • El presupuesto mínimo de la obra debe ser de tres mil euros.
  • Los ingresos de la unidad convivencial no pueden superar los veinticinco mil euros.

Edificios y comunidades de vecinos

Las ayudas disponibles para este tipo de solicitantes, están destinadas a la ejecución de obras comunitarias que implican elementos comunes del edificio. Pueden ser solicitadas tanto por la comunidad como por los particulares que residan en una vivienda cuya comunidad este ejecutando una rehabilitación y están destinadas a subvencionar una serie de mejoras. Entre las que se encuentran las mejoras relacionadas con la eficiencia energética, el aislamiento térmico del edificio, la sustitución de la carpintería exterior, instalaciones comunitarias de sistemas de calefacción, refrigeración, cerramiento de terrazas y balcones para que el edificio sea uniforme, etc.

Incluye también las correspondientes mejoras de conservación, seguridad y habitabilidad que supone la rehabilitación de fachadas, la instalación o ampliación de las terrazas y balcones, sustitución de las cubiertas, arreglos y mejoras en el portal, la escalera, etc.

Por supuesto, las obras que conlleven una mejora en la accesibilidad como adaptación de los ascensores, la supresión de las barreras arquitectónicas, el acceso desde la calle, están subvencionadas por esta serie de ayudas.

Al igual que sucede con los particulares, para solicitar las posibles ayudas, hay que cumplir una serie de requisitos:

  • El edificio debe disponer de una superficie mínima del setenta por ciento destinada al uso principal como vivienda.
  • Debe haber pasado la ITE antes de formalizar la solicitud correspondiente.
  • Igual que ocurre con los particulares, el presupuesto mínimo debe ser de tres mil euros por vivienda, salvo en los casos de obras para mejora de la accesibilidad.
  • La antigüedad del edificio debe superar los veinte años, salvo que presente daños, se pretenda suprimir las barreras arquitectónicas o los residentes sean mayores de sesenta y cinco años, tengan movilidad reducida o algún tipo de disfunción sensorial.

Además de las subvenciones que, son a fondo perdido, en algunas  comunidades, pueden solicitar prestamos cualificados en las condiciones establecidas en el Convenio de Colaboración Financiera y el Instrumento financiero especial para la rehabilitación.

Otra ayuda más: rehabilitación integral eficiente

Por si fuera poco, como la pretensión de los gobiernos es convertir todas las viviendas y edificios en eficientes, ofrecen otra línea de subvenciones destinadas a la rehabilitación integral y eficiente. Los destinatarios de estas ayudas son las comunidades de vecinos, las instituciones, los promotores públicos de vivienda y las entidades locales o constructoras.

Esta serie de subvenciones, tienen su foco en las obras con alcance global que abarcan de manera simultanea las obras que se acometen para lograr la eficiencia energética, la accesibilidad y seguridad de, al menos un edificio que sea completamente residencial. A su vez, los proyectos de actuación, pueden contemplar obras de mejora de la habitabilidad exterior de las viviendas.

Los requisitos que deben cumplir los solicitantes son los siguientes:

  • El edificio, residencial, debe contar con más de cuatro viviendas unifamiliares.
  • La fecha de construcción debe ser anterior a mil novecientos ochenta.
  • Debe haber pasado la ITE con anterioridad.
  • Requisitos específicos según el destinatario, sea el ayuntamiento, los promotores, comunidades de propietarios, etc.

En último lugar, se ha establecido una nueva línea de subvenciones que se destina exclusivamente a todas las mejoras que tengan que ver con la accesibilidad. Dada la relevancia, cada vez mayor, con la que cuenta este aspecto en particular, la Unión Europea ha trazado una nueva línea de subvenciones que cubre parte de las obras que no son financiadas con las ayudas ordinarias. En este particular, los destinatarios son personas mayores de sesenta y cinco años, aquellos que tiene discapacidad o las unidades de convivencias que dispongan de unos ingresos anuales máximos de doce mil euros, en cuyo caso, la financiación de la obra puede llegar a ser del cien por cien.

Visto lo visto, reformas las viviendas se esta convirtiendo en una necesidad obligada, puesto que la normativa, cada vez más exigente, ha dado como resultado, la necesidad de crear esta serie de ayudas para poder acometer obras de adecuación. En este artículo, hemos hablado de las ayudas que ofrece la Comunidad Económica Europea, sin embargo, a nivel estatal, podemos optar por otra serie de ayudas y subvenciones. Así como las propias comunidades autónomas o ayuntamientos, ofrecen diferentes opciones de subvención para cierto tipo de reformas o adecuaciones. Solo hay que informarse para saber a cuáles se puede optar, así como conocer los tiempos y plazos de solicitud.

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