Esta de moda. Alquilar una vivienda para disfrutar de unas vacaciones o una escapada o la opción más demandada en los últimos tiempos. Este sector en auge está acaparando el mercado del alquiler. Desde su aparición, son cada vez más numerosas las personas que deciden convertir su piso o apartamento, en un alquiler vacacional en lugar de alquilarlo de forma convencional.
Las ventajas que ofrece este tipo de servicio son muy buenas tanto para los arrendadores como para los arrendatarios. Los propietarios que deciden alquilar de este modo su vivienda, obtienen buena rentabilidad por la misma y los usuarios, ahorran en costes de hotel y restauración dado que las viviendas están dotadas de todas las comodidades y los precios, suelen ser asequibles.
De este modo, salen ganando todos. Incluso los intermediarios. Ya que este tipo de alquileres suelen ser gestionados por empresas intermediarias que se encargan de todo. Desde la adecuación de la vivienda hasta la entrega de las llaves al usuario. Los profesionales del sector de Key & Rent, nos han contado algunos de los pormenores de este sector y la forma de convertir un piso en alquiler vacacional.
A todos aquellos que estén interesados en introducirse en el sector y colocar su vivienda en el mercado, pueden hacerlo siguiendo una serie de pautas y requisitos. Por lo que hemos podido averiguar, nada excesivamente complicado.
Rentabilidad vs. estabilidad
Adentrarse en este mercado es sin duda sinónimo de rentabilidad. Para aquellos que busquen mayor beneficio, este es su nicho. Bien es cierto que puede haber temporadas en las que el piso este alquilado de forma continua y temporadas en las que se quede vacío una larga temporada. Aun así, la rentabilidad que puede sacársele a un piso alquilándolo por días, semanas o quincenas, siempre será mayor que la de un alquiler de larga duración.
Una de las ventajas para los usuarios es esa flexibilidad que ofrecen en cuanto a fechas y tiempo. A más días, menor es el precio, pero generalmente siempre será inferior a lo que se paga en un hotel y gozarás de más comodidades que en un hostal.
Sin embargo, para aquellos propietarios que prefieran estabilidad, la mejor opción es el alquiler convencional por periodos largos.
En cualquier caso, siempre puedes probar a alquilar tu piso por periodos cortos si cumples con los requisitos correspondientes. Aunque estos pueden variar en función de cada comunidad autónoma, prácticamente todas las viviendas pueden destinarse a uso como piso vacacional.
Las excepciones son las viviendas que se ceden sin contraprestación económica, o si se contrata su uso para un periodo superior a un mes. Así mismo las viviendas que se ubican en un entorno rural, o formen parte de un complejo de tres o más inmuebles, situados en el mismo edificio o en un radio de un kilómetro, tampoco tendrán consideración de pisos turísticos.
Requisitos para poder alquilar de forma vacacional
La mayoría de los pisos cumplen de antemano gran parte de los requisitos necesarios para poder ser alquilados como apartamentos vacacionales. Para hacer las cosas bien, hay que tener en cuenta los siguientes.
- El propietario que desee convertir su inmueble en un piso turístico, debe contar en primer lugar con la licencia de ocupación o la cédula de habitabilidad. Este documento acredita que la vivienda cumple con un mínimo de condiciones técnicas y de habitabilidad.
- Todas las habitaciones del inmueble deben contar con una buena ventilación al exterior y las ventanas deben contar con un sistema de oscurecimiento (cortinas, persianas, etc.).
- La vivienda debe contar con el mobiliario y menaje necesario para su uso. Todo ello, en función de las plazas que se ofertan en el alquiler.
- Los usuarios deben contar con acceso a un botiquín de primeros auxilios completo y bien abastecido con lo básico. Así mismo, deben tener a su disposición, mapas, planos y toda la información turística referente a la ciudad donde se encuentre el piso.
- Es obligatorio disponer de hojas de quejas y reclamaciones en un lugar visible para el usuario.
- Debe haber un servicio de limpieza antes de la entrada de los huéspedes y a su salida para que todo este en orden y condiciones óptimas. No puede faltar tampoco, la ropa de cama, toallas, etc.
- Cada electrodoméstico, debe contar con su manual de instrucciones y debe estar visible y al alcance del usuario por si fuera necesario consultarlo.
- Tanto la admisión de mascotas, como la prohibición de fumar o restricción de estancias, son plausibles en base a las disposiciones del propietario. No obstante, deben ser informadas al usuario antes de la contratación del servicio.
- Debe existir un teléfono de contacto al servicio del usuario y este debe estar disponible durante todo el tiempo de estancia para resolver sus dudas o problemas.
Realmente parece demasiado, aunque la mayoría de los requisitos se cumplen prácticamente por inercia ya que, son los mínimos que se le puede pedir a una vivienda en la que se va a vivir, independientemente del tiempo.
El trámite
Los trámites no revisten demasiada complicación pese a lo que pueda parecer. Si es de obligado cumplimiento contar con la licencia correspondiente para dotar a la vivienda de este uso particular. Para ello, hay que tener en cuenta que cada comunidad autónoma requiere de una serie de requisitos que pueden diferir de una a otra.
Los trámites que son comunes, de forma generalizada, son: contar con la cédula de habitabilidad o licencia de ocupación correspondiente, una declaración responsable (algunas comunidades cobran tasa) y el registro e inscripción de la vivienda en el registro de alojamientos turísticos.
Algunos ayuntamientos, obligan a contar en la vivienda con sistemas de refrigeración o a la contratación de un seguro de responsabilidad civil por parte del propietario. Para resolver todas estás dudas, lo mejor es acudir al ayuntamiento de cada ciudad e informarse de los trámites y documentación necesarios en cada caso.
Antes de finalizar con este apartado, cabe señalar que, en algunas ciudades, la posibilidad de ofrecer la vivienda como piso vacacional, puede resultar imposible. Por tanto, aunque pueda hacerse, no seria del todo legal. En ciudades como Barcelona no se conceden licencias, en Baleares no esta permitido y en la Comunidad Valenciana, no se contempla el uso de una vivienda como alquiler vacacional.
Seguramente esto cambie pronto y pueda legalizarse la actividad en todo el territorio español. Mientras tanto, como ya decíamos, primero, hay que informarse correctamente de todo lo que se pueda necesitar para poder alquilar la vivienda de esta manera.
Por lo demás, como ya hemos podido comprobar, este sector dentro del mercado inmobiliario, del turismo y el ocio al mismo tiempo, esta en plena expansión. Constituye una excelente manera de rentabilizar una propiedad que tienes vacía y a los inquilinos les puede suponer un ahorro considerable frente al gasto que supone un hotel.
Por otro lado, tanto la gestión integral del servicio como disponer la oferta de tu vivienda en algún portal destinado a ello, pueden correr a cargo de intermediarios. Las plataformas encargadas de gestionar los alquileres vacacionales, pone a disposición del usuario, tanto arrendador como arrendatario toda su profesionalidad. De esta manera, el que decida alquilar su inmueble, solo tiene que encargarse de entregar las llaves al huésped y en ocasiones, ni siquiera eso, ya que la mista plataforma, cuenta con personas que se encargan del mantenimiento, limpieza y entrega y retirada de llaves. Por lo tanto, el propietario solo tendrá que encargarse de cobrar su alquiler.
Para el inquilino, las cosas también son más sencillas, solo deben entrar en una plataforma, elegir el piso que le guste, consultar su disponibilidad y hacer los pagos. Cuando llegue el día, solo tendrá que recoger las llaves y disfrutar de sus vacaciones.